«derecho público» es un(a) sustantivo del español de género masculino. Significa: Conjunto de normas y principios que regulan las relaciones entre el Estado y los particulares, y entre los diferentes órganos del propio Estado, destinadas a garantizar el orden y la protección de los derechos colectivos e individuales. Se usa sobre todo en el ámbito de derecho.
Conjunto de normas y principios que regulan las relaciones entre el Estado y los particulares, y entre los diferentes órganos del propio Estado, destinadas a garantizar el orden y la protección de los derechos colectivos e individuales.
“El derecho público incluye disciplinas como el derecho constitucional, administrativo y penal.”
1. Conjunto de normas y principios que regulan las relaciones entre el Estado y los particulares, y entre los diferentes órganos del propio Estado, destinadas a garantizar el orden y la protección de los derechos colectivos e individuales.
Del latín "directum" (derecho) y del latín "publicus" (público), adoptado en castellano a través del español medieval.
derecho público es un(a) sustantivo de nivel intermedio.